Rogativa-al-Cristo-de-San-Agustin-1750

Debemos al veinticuatro del Ayuntamiento de Granada D. Juan de Morales Hondonero uno de los textos más expresivos sobre la presencia procesional del Stmo. Cristo de San Agustín por las calles de Granada, con ocasión de la rogativa del año 1750. El texto que se inserta a continuación procede de su curioso opúsculo Ceremonias que esta Ciudad de Granada ha de observar y guardar en las ocasiones que se ofrezcan, así en su Sala Capitular como en las Funciones públicas, editado en 1752, con la intención de fijar de una forma clara y práctica el protocolo que el consistorio granadino debía cumplir en todas las festividades y funciones de la ciudad.

La obra de Morales Hondonero recoge, desde luego, la obligación municipal de renovar el Voto al Cristo de San Agustín cada 8 de agosto -fecha que se ha mantenido hasta hace pocos años-, lo que se hacía entonces en el convento de agustinos calzados. Pero incluye también, en la parte final de la obra, algunas descripciones que nos ilustran sobre la participación del cabildo municipal en funciones extraordinarias, como eran éstas de rogativa.

El motivo no era otro que la sequía que atenazaba a la ciudad de Granada y a sus campos. No era la primera vez que en situación de escasez de lluvia se recurría al Cristo de San Agustín. Ya había ocurrido anteriormente en 1587 y en 1635 con resultado satisfactorio. Por eso, la ciudad de Granada se encomendó de nuevo al Cristo de San Agustín, aunque no fue la única imagen implorada en esta ocasión, como también era habitual.

A Morales Hondonero le importaba poco la concreción de las fechas, pero mucho el protocolo seguido. Su intención era preservar la memoria del ceremonial y por eso enumera de forma fidedigna a los organizadores de aquella rogativa de 1750: el Ayuntamiento de Granada, que la ofreció al «milagroso simulacro de Jesús Crucificado» del convento de San Agustín; la Hermandad de las Angustias, a su Imagen titular, y la Universidad de Beneficiados de la ciudad, a la reliquia de San Cecilio, venerada en la parroquia de su nombre. En los dos últimos casos fue invitada a asistir la corporación municipal.
Se advierten claramente las preferencias devocionales de entonces. A San Cecilio se le califica ya de patrón, la Virgen de las Angustias era oficiosamente patrona de la ciudad y al Cristo de San Agustín se acudía como sagrado protector. Es curioso que a esta Imagen se dirigiera la rogativa organizada por las autoridades municipales, si bien la procesión del Santo Cristo tenía como destino el templo parroquial de las Angustias.
Por lo demás, debe destacarse la sintonía entre la comunidad de agustinos calzados y la Hermandad del Cristo de San Agustín. La petición para procesionar la venerada Imagen es formulada al prior del convento por el maestro de ceremonias del Ayuntamiento, pero aquél no se pronunció afirmativamente hasta consultar con la hermandad, que, por supuesto, accedió gustosa a procesionar el Santo Crucifijo. Precisamente se había fundado la corporación, en 1680 para encauzar el creciente culto hacia la Imagen a raíz de su benéfica mediación en la epidemia de peste del año anterior.
La rogativa consistió en 1750 en misa cantada con sermón, seguida de procesión general, a la que estaban obligados a asistir todo el clero, cofradías y corporaciones de Granada. Los gastos de función y cera corrieron a cargo del Ayuntamiento. La oficialidad del culto al Cristo de San Agustín -setenta años después de la formulación del Voto- se había consolidado en la ciudad de Granada.